LA CORTE SUPREMA RESOLVIO EN FAVOR DE LAS PERSONAS CON HIV.
EL ESTADO, OBLIGADO A ATENDER EL SIDA.

El tribunal supremo confirmó el fallo por el que la Nación debe proveer asistencia y medicamentos.

La Corte Suprema resolvió que es responsabilidad del Estado Nacional prestar asistencia y medicamentos gratuitos, en todos los hospitales del país, a las personas infectadas con el virus HIV que provoca el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA).

Esa obligación recae sobre la Nación aun cuando las provincias deban atender a los enfermos y no lo cumplan, pues el Ministerio de Salud es la autoridad de aplicación de la ley nacional sobre SIDA nº 23.798 y por tanto debe responder frente a los requerimientos de los enfermos, cuando éstos no consigan que los hospitales públicos satisfagan sus reclamos de atención médica, medicamentos y reactivos para sus análisis períodicos.

El caso por el cual intervino la Corte comenzó en 1996, cuando debido a las licitaciones que se requerían para proveerlos existía una gran escasez de medicamentos e, incluso, en algunos casos -como ocurrió en un hospital de Tigre- los centros asistenciales se negaron a brindarles a los enfermos algunos tratamientos y reactivos.Además el Programa de Lucha contra los Retrovirus Humanos, que depende de Salud, aducía falta de presupuesto para hacer frente a todos los pedidos.
Por eso, seis entidades: Asociación Bengahlensis, Fundación Descida, Fundación Estudios e Investigación de la Mujer, Asociación Intilla, Fundación Red y Fundación Pro Ayuda al Niño con SIDA- con el patrocinio de los abogados Liliana Fontán, Roberto Suhotliv y Adriana Taranto, presentaron una acción de amparo, en representación de las personas afectas por el mal.

Para ello invocaron el derecho a la salud y diversas cláusulas de las constituciones Nacional y de la Ciudad de Buenos Aires. Si bien hacia fines de la década del 90 se regularizó la atención, el fallo es importante porque su criterio continuará siendo aplicable si se vuelve a presentar una situación como la comentada. "El fallo establece una solución para recortes futuros", dijo Pedro Cahn, director médico de la Fundación Huesped.

El 5 de diciembre de ese año, la jueza Claudia Rodriguez Vida hizo lugar a la acción de amparo promovida por las ONG y condenó el Estado Nacional a entregar los medicamentos requeridos. El Ministerio de Salud, entonces a cargo de Alberto Maza, se opuso al pedido de las entidades, entre otros motivos porque entendía que la responsabilidad debía recaer sobre las provincias antes que sobre el gobierno central.

La Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, con las firmas de los doctores Pedro Coviello y Bernardo Licht, confirmaron el criterio de la jueza. Ayer, la Corte, con la firma de Augusto Belluscio, Gustavo Bossert, Guillermo Moliné O'Connor, Enrique Petracchi y Carlos Fayt sostuvieron esa misma solución.

Velar por que se cumpla

Los tres primeros se remitieron a los fundamentos del dictamen del procurador Nicolás Becerra, quien sostuvo que la responsabilidad del Ministerio de Salud no se agota con la entrega de los medicamentos a los hospitales provinciales, sino que debe velar por que eso se cumpla, y si esto no ocurre, las asociaciones o la persona infectada pueden requeri su cumplimiento (mediante una acción de amparo) a aquél, sin perjuicio de la responsabilidad que puedan luego tener ante la Nación las instituciones, las obras sociales y las medicinas prepagas.
Boggiano y Moliné O'Connor, por su parte, hacen especial hincapié en la legitimación (facultad) que tienen las asociaciones civiles para presentar amaparos en representación de los enfermos de SIDA y señalan el carácter integral que debe tener esa atención médica.
"Según esta Corte, es una obligación impostergable del Estado Nacional la inversión prioritaria en salud," dicen, y agregan: "Debemos concluir que para que el tratamiento sea adecuado, debe suministrarse en forma continua y regular; más si se tienen en cuenta los riesgos que comporta la interrupción del suministro de medicamentos" para los enfermos que padecen ese mal.

Adrián Ventura. Diario "LA NACION", Viernes 2 de junio de 2000. Información General. pag. 15


ENCUENTRO NACIONAL DE ONGs. CON TRABAJO EN VIH-SIDA

PFN DE LACCASO

LA JUSTICIA OBLIGA AL ESTADO A SUMINISTRAR EN FORMA PERMANENTE MEDICAMENTOS, Y PROVEER  ASISTENCIA, TRATAMIENTO Y REHABILITACION A TODAS LAS PERSONAS QUE VIVEN CON  VIH/SIDA

 

La epidemia  del SIDA   en nuestro país, sigue desarrollandose  con destacada virulencia, principalmente en los sectores mas empobrecidos, en los jóvenes y  las mujeres. Han sido muchos años  de inadecuada atención   a este gravisimo problema sanitario/social, muchos años en que la  cifra  de mortalidad  ha  crecido permanentemente, primero por falta de profilaxis y después por  criminales políticas de asistencias por parte del Ministerio de Salud de la Nación, que dejaron a  grandes sectores de la población fuera de los tratamientos o que los obligaban a discontinuar sus terapias a raíz del no cumplimiento por parte del Ministerio de Salud en el suministro  de medicamentos y reactivos   desobedeciendo lo que establece la ley  23.798

Las personas  que viven con VIH/SIDA y el ENCUENTRO de Organizaciones No Gubernamentales, que agrupa a mas de 68 instituciones de todo el pais,  hicieron una de las mas resonantes luchas por el derecho a la vida, promoviendo iniciativas  como movilizaciones, notas de prensa, proyectos de leyes, proyectos de solicitudes de informe a los ministros, campañas preventivas, asi como denuncias internacionales, llegando hasta el mas alto nivel de responsables de la salud de los argentinos del anterior gobierno, nunca hubo una solucion al problema de los medicamentos, cada tanto los diarios  titulaban "nueva falta de medicamentos para el SIDA" .

En 1996 y ante  la mayor de las crisis en la entrega  y suministro de medicamentos, en el marco del Encuentro 6 Organizaciones No Gubernamentales se presentaron a la Justicia reclamando asistencia adecuada para todas las personas que viven con VIH/SIDA.

Después de cuatro años  finalmente,  y a través de un fallo de la Corte Suprema de Justicia se, respaldó el reclamo de las Organizaciones No Gubernamentales (ONGs) "Asociación Benghalensis", "Fundación Descida", "Fundación para Estudio e Investigación de la Mujer (FEIM)", "Asociación Civil Intilla",  "Fundación R.E.D." y "Fundación Argentina Pro Ayuda al Niño con SIDA (FAPANS)",  patrocinados por los abogados Liliana Fontán, Roberto Suhotliv y Adriana Taranto, quienes en 1996 iniciaron una acción de amparo contra el Estado Nacional, Ministerio de Salud y Acción Social, para que se cumpliera en forma total y permanente con la asistencia, tratamiento, rehabilitación, y en especial el suministro de medicamentos a las personas que padecen las consecuencias del V.I.H./S.I.D.A., en todos los hospitales y efectores sanitarios del país.

La petición recayó en la sede del Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal Nro. 3, a cargo de la Dra. Claudia Rodriguez Vidal, quien por aquel entonces hiciera lugar, como medida cautelar, a que el Ministerio de Salud y Acción Social de la Nación por intermedio de la Secretaría de Recursos y Programas de Salud, y del Programa de Lucha contra los Retrovirus Humanos (SIDA/ETS) debía adquirir y entregar a cada uno de los efectores sanitarios del país, los reactivos y medicamentos en las cantidades necesarias para atender los requerimientos que se le efectuaran, hasta tanto recayera sentencia definitiva.

Ante la apelación que hizo el   Ministerio de Salud y Acción Social de la Nación entonces a cargo de Alberto Maza que se opuso al reclamo de las entidades, el 7 de febrero de 1997 los integrantes de la Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, Dres. Néstor Buján y Pedro Coviello confirmaron el fallo de la Dra. Rodríguez Vidal.

El 1º de Junio del corriente la Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó la razón del reclamo y responsabilizó al Ministerio de Salud por el cuidado y atención de la salud de toda la población, y en especial la obligación de velar por una atención médica integral a los enfermos de SIDA con un tratamiento adecuado, continuo y regular en el suministro de los medicamentos y reactivos necesarios. sin que exista excusa alguna como la falta de presupuesto para cumplir con su obligación normal como Estado encargado de velar por la salud de la población, además de confirmar la única interpretación posible de la ley Nacional de Sida.

El fallo establece ademas un criterio de aplicabilidad  para el futuro  en caso de posibles faltas de medicamentos, legitimando a las asociaciones civiles  y  dejando librado a que toda persona afectada por el VIH/SIDA pueda por si sola o con el patrocinio de las entidades, requerir su cumplimiento mediante una accion de amparo.

Ante este  significativo fallo, el ENCUENTRO de Organizaciones No Gubernamentales  saluda a  Benghalensis, Descida, FEIM, Intilla , RED y FAPANS   que llevaron adelante esta exitosa batalla legal que beneficia a toda  la comunidad y principalmente a   las personas afectadas por el VIH/SIDA,  agradecer a las doctoras Fontan y Taranto y el doctor Suhotliv  que patrocinaron la causa  y también en forma  muy especialmente a la prensa en general por la cobertura y a  todas las personas e instituciones que apoyaron esta iniciativa humanitaria

Comité Coordinador    

Dolores Fenoy ADEUEM, Mirta J. Blanco BENGHALENSIS, Maria Ines Re FEIM, Daniel Sessa Scheines HOMO SAPIENS, Lorenzo Vargas Cornejo INTILLA, Lisandro Orlov MEDH, Gladis Gonzalez OFES, Nora Revsin RED, Rafael Freda SIGLA