LIGA DE DEFENSA DE LAS MINORIAS SEXUALES
Asociación Civil
 
Queridos amigos y amigas:
Queremos informarles sobre algunas actividades que hemos llevado a cabo y que, creemos, pueden resultarles interesantes.
Como ustedes saben, trabajamos en dos campos: haciendo trabajos de lobby ante los organismos de creación de normativas ( Congreso de la Nación, por ejemplo) y mediante acciones judiciales que promuevan una mejor calidad de vida para las Minorías Sexuales.
 
a) proyectos legislativos:
 
Por iniciativa de LIDEMS se presentaron  este año tres proyectos legislativos que tienen como finalidad incluir la discriminación por orientación sexual e identidad de género en la actual ley 23.592 y la inclusión en el Código Penal, del capítulo "discriminación" ( arts 108 bis y 108 ter) a fin de disuadir la comisión de actos discriminatorios. ( expedientes 2085 D 2000; 3047 D 2000 y 3046 D 2000 de la Cámara de Diputados de la Nación). En caso de que los mismos sean sancionados y promulgados quedarán redactados de la siguiente manera: "quien arbitrariamente impida, obstruya o de algún modo menoscabe el pleno ejercicio sobre bases igualitarias de derechos y garantías fundamentales reconocidos en la Constitución Nacional, será obligado a pedido del damnificado a dejar sin efecto el acto discriminatorio o a cesar en su realización y a reparar el daño moral y material ocasionado... A los efectos de la presente ley se consideran discriminatorios los actos y omisiones determinados  por motivos tales como raza, etnia, género, orientación sexual, identidad de género, idioma, edad, religión, ideología, opinión política o gremial, nacionalidad, caractéres físicos, condición psicofísica, social o económica que impliquen exclusión, restricción o menoscabo".
Asimismo el artículo 108 bis del Código Penal, en caso de sancionarse, prevé, para los autores de hechos discriminatorios, penas de prisión de seis meses a dos años o bien multas de hasta quinientos pesos y trabajos de actividad pública de hasta cuatro meses a criterio del juez interviniente.
Dichos proyectos llevan las firmas de los diputados/das  Nilda Garré, Alfredo Bravo, Elisa Carrió, Irma Parentella, Jorge Rivas, Alicia Castro y Enrique Martines, entre otros.
 
b) amparo ley de sangre:
 
La Sala IV de la Cámara Contencioso Administrativa Federal se apresta a resolver el amparo, oportunamente presentado junto a la Defensora del Pueblo, y Lidems, con el patrocinio jurídico de la Clínica de Estudios de Interés Público de la Universidad de Palermo y Poder Ciudadano a fin de que se establezca la inconstitucionalidad de la resolución del Ministerio de Salud de la Nación, que prohíbe a  homosexuales varones y bisexuales donar sangre.
En dicho expediente debimos contestar las impugnaciones formuladas por las asociaciones de hemoterápia, quienes eran favorables a dicha prohibición.
El  Ministerio, por una nueva resolución , si bien amplió los términos para contestar impugnaciones a la nueva resolución que excluye dicha prohibición,  entendemos que dicho plazo se encuentra vencido, y así lo hicimos saber en el expediente que se substancia en dicha cámara.
 
c) Pensiones para concubinos y concubinas del mismos sexo:
 
Por disposición de la Ansés los concubinos del mismo sexo, no tienen los mismos beneficios de pensión que tienen los concubinos heterosexuales. Lo fundamenta así en razón de que el artículo 53 de la ley 24.241 establece que el  derechohabiente (  él o la conviviente) debió estar unido en "aparente matrimonio", y se remite ( en su intrepretación) a lo establecido por el código civil por "matrimonio": personas de distinto sexo.
Hemos recurrido dicha interpretación por ante la Justicia Federal de la Seguridad Social,  tachándola de inconstitucional, en razón de vulnerarar garantías  fundamentales ( por ejemplo art 16 Constitución Nacional) y hemos aportado asimismo muchísimos fallos de la Corte Europea de Derechos Humanos que, como tiene establecido nuestra Corte Suprema, pueden emplearse a la hora de interpretar los pactos internacionales.
En este recurso contamos con el invalorable apoyo de la Asociación por los Derechos Civiles que preside el Dr. Alejandro Carrió.
 
 
Fabio Alvarez Esturao
Carlos Manuel Egaña
Hugo Cesar Ovejero